REDACCIÓN | 15-02-2019
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucionales y nulos los términos «de titularidad pública» contenidos en el apartado 65 del artículo único de la ley por la que se modificó en 2018 la Ley de Salud de la Comunidad Valenciana aprobada en 2014.
Según indica la sentencia del TC, la normativa estatal se refiere de modo genérico a las universidades, sin distinción alguna entre unas universidades y otras, mientras la norma legal valenciana únicamente impone este deber de colaboración del Ejecutivo valenciano respecto de las universidades de titularidad pública, sin mencionar de modo expreso a las privadas.
Por esta razón, el rector de la Universidad Católica de Valencia (UCV), José Manuel Pagán, ha señalado que la sentencia “nos garantiza la docencia práctica y clínica de las titulaciones que así lo requieran a las universidades privadas, o de iniciativa social como la nuestra”.
Por su parte, la Conselleria de Sanidad anunció tras conocer la noticia que trabaja en la elaboración de un nuevo convenio de colaboración con las universidades privadas y en una actualización del convenio con las públicas que se firmará entre los meses de febrero y marzo.
La sentencia, redactada por el magistrado Antonio Narváez, cuenta con dos votos concurrentes de los magistrados Encarnación Roca, quien afirma que “nos encontramos en un caso de inconstitucionalidad mediata” y Fernando Valdés, para quien hubiera bastado considerar prevalente la regla competencial específica sobre la más genérica”.