En la historia de la Iglesia hay casos muy abundantes -el de San Vicente Ferrer, patrón del Reino de Valencia, es uno de ellos-  de pastores que,  con el fin de fomentar la unidad eclesiales y de evitar divisiones, incluso cismáticas, tuvieron que obedecer determinadas misiones que les fueron encomendadas desde la propia Iglesia, a costa de insultos y burlas de quienes desconocían el cómo y el porqué de los encargos recibidos. El último de estos episodios lo hemos vivido tras  el nombramiento por el papa Francisco del cardenal Antonio Cañizares como arzobispo de Valencia.
 
JUAN DAMÍAN GANDÍA (Decano de la Facultad de Derecho Canónico de la UCV Y doctor en Derecho Canónico y en Teología Dogmático-Sacramentaria)
 
El nombramiento de D. Antonio Cañizares como Arzobispo de Valencia y el de D. Carlos Osoro para Madrid, ha provocado una multitud de noticias y opiniones de la más diversa índole. Se ha recordado una foto  del Cardenal vestido con la ‘capa magna’ sentado en un ‘trono’ y rodeado de presbíteros. La imagen, escasamente actual, de 2007, parece que sea todo lo contrario de lo que nuestro bien amado Santo Padre, el papa Francisco, quiere para los Pastores de la Iglesia. En efecto, la foto está sacada de contexto y malinterpretada, por lo que deseo aportar algunos datos para situar las cosas en el lugar adecuado.
1.- Cualquiera que conozca un poco los libros litúrgicos de San Juan XXIII podrá entender que la celebración de un Pontifical, Eucaristía solemne presidida por el Obispo (en su territorio), por el legado Pontificio (dónde representa al Papa) y por los Cardenales (en todo el orbe), justamente comenzaba con el traslado del prelado que iba a presidir, a esa especie de ‘trono’ vestido con las insignias de su rango que incluía la ‘capa magna’  (*)
2.- D. Antonio fue requerido y enviado por la autoridad eclesiástica competente, a celebrar la ordenación sacerdotal de dos miembros del Instituto de derecho pontificio Cristo Rey Sumo Sacerdote en Gricigliano (Florencia – Italia). Este Instituto tiene como forma litúrgica principal la forma extraordinaria del rito romano, también llamada liturgia tridentina, de San Gregorio, de San Pío V, o rito antiguo, y que usa los libros litúrgicos aprobados por San Juan XXIII.
3.- Por tanto, por pura obediencia se traslada a Florencia, a llevar a cabo el  encargo solicitado, en un Instituto que celebra con la forma extraordinaria del rito romano, y lleva a cabo un Pontifical de Órdenes presbiterales que comienza con estos ritos y gestos. ¿Se puede dejar de obedecer y de hacerlo bien? Algunos dicen que no se le mandó ponerse esa capa. Falso, porque cuando se le envía a cumplir el encargo se le está diciendo que lo haga según está estipulado en la forma en la que se va a desarrollar la celebración.
4.- Los que conocemos a D. Antonio sabemos que el no suele utilizar la “sotana” con los ribetes rojos de cardenal, más que cuando es necesario para los actos oficiales. Mucho menos las vestimentas cardenalicias de la forma extraordinaria del rito romano,  que sólo se utilizan en la Iglesia en la actualidad, para las celebraciones pontificales de esta forma litúrgica desde que la Santa Sede permitió su celebración. Es más, conocemos su austeridad y templanza en todos los aspectos de su vida cotidiana que incluye también el vestir con dignidad un traje chaqueta negro, normal y corriente sobre el cual lleva siempre la misma cruz pectoral de plata: aquella que le regaló en su día S. Juan Pablo II.
5.- Por eso no entendemos ciertas afirmaciones que, hechas desde el desconocimiento o la malicia, han calumniado, difamado o ridiculizado la figura de un pastor que se ha gastado en el servicio a la Iglesia donde ésta le ha necesitado, que ha vivido en Roma con la simplicidad y modestia que le caracteriza y que, cumplida la misión para la que fue llevado a la Ciudad Eterna, ha pedido volver a su querida tierra española y valenciana.
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(*) cf. Solans, J. -Vendrell, J., Manual litúrgico 1,  Eugenio Subirana S.A. Editorial Pontificia, Barcelona 1953          –esta edición fue adaptada a las entonces recientes disposiciones litúrgicas por D. Antonino Tenas y D. Pedro Farnés–), pp. 663-665 n. 367 (Quiénes celebran pontificalmente) y pp. 672 – 677 n. 372 (ceremonial de la misa pontifical); también puede verse Trimeloni, L., Compendio de liturgia pratica, Marietti 1820, pp. 732 y 739.
Estos manuales reproducen el Pontifical y el Ceremonial de los Obispos en lengua latina y que podemos cotejar en Pontificale Romanum, editio typica 1961-1962, ed. Sodi, M–Toniolo, A., col. Monumenta Liturgica Piana 3, Città del Vaticano 2008, p. 14 y Caeremoniale Episcoporum en http://www.ceremoniaire.net/print/caer_ep/Caeremoniale_Ep-latin.pdf (consulta el 2.9.2014), libro 1 n. 13 [De sedibus Episcopi, (…)]; n. 15 [de habitu ecclesiastico Episcopi et Canonicorum, et de accessu ad Eclesiam, et reditu eorundem]. Además el Misal Romano tridentino recogía las oraciones que el Obispo había de decir al quitarse la capa magna, momentos antes de revestirse con los ornamentos litúrgicos para celebrar la Misa: Missale Romanum ex decreto ss. Concilii Tridentini restitutum Summorum Pontificum cura recognitum, editio typica, en http://media.musicasacra.com/pdf/missale62.pdf (consulta el 2.9.2014), p. LXXIV y si se quiere consultar la edición anastática del 2007 cf. Missale Romanum ex decreto ss. Concilii Tridentini restitutum Summorum Pontificum cura recognitum, editio typica 1962, ed. Sodi, M–Toniolo, A., col. Monumenta Liturgica Piana 1, Città del Vaticano 2007, p. 74.