ANTONIO
DEL TÍTULO DE SAN PANCRACIO
CARDENAL CAÑIZARES LLOVERA
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SEDE APOSTÓLICA
ARZOBISPO METROPOLITANO DE VALENCIA
Teniendo en consideración la complejidad organizativa de las manifestaciones externas de la religiosidad popular previstas en los días de la Semana Santa, así como en el tiempo previo de la Cuaresma, nos vemos obligados a tomar decisiones y medidas extraordinarias que colaboren a la atenuación de la expansión de la pandemia de Covid-19.
Lamentablemente, la persistencia de altos niveles de incidencia de la enfermedad, junto con las previsiones anunciadas para la distribución y aplicación de las vacunas contra la misma, siguen desaconsejando, para los próximos meses, a juicio de las diversas autoridades sanitarias consultadas, la concentración de grandes grupos de personas, así como la libre circulación de estas.
Por ello, oído el Consejo Episcopal, en uso de mi potestad ordinaria, vengo en decidir y decido promulgar las siguientes normas para la Archidiócesis de Valencia, por medio del presente
DECRETO
No es aconsejable durante este año celebrar los actos y celebraciones organizados por parroquias, hermandades y cofradías, asociaciones de fieles u otros grupos eclesiales que, estando previstos en sus estatutos o habiendo sido anteriormente permitidas por la autoridad eclesiástica, tengan carácter de culto externo, y, en general, todos aquellos en los que se haga uso de la vía pública, hasta que no se tome otra decisión al respecto.
En su lugar, y particularmente en lo referente a procesiones y estaciones de penitencia, cada párroco o consiliario, en colaboración con las asociaciones de fieles, cofradías y hermandades afectadas, organizará la oración o celebración más oportuna para este tiempo de pandemia, siguiendo las indicaciones litúrgicas de la Delegación Diocesana de Liturgia -con el subsidio litúrgico que pudiera publicar-, y con absoluto respeto a la normativa vigente.
Considerando que la celebración de la Semana Santa no queda suprimida, exhorto a todos los grupos eclesiales y fieles de la Archidiócesis a vivir con hondura e intensidad renovadas las celebraciones litúrgicas de las jomadas de la misma, y especialmente las del Triduo Sacro, ofreciendo todas las incomodidades y sufrimientos de este tiempo por los que lo están pasando peor y por la salvación de todas las almas.
Este decreto, dado en Valencia, a quince de febrero de dos mil veintiuno, entrará en vigor en el día de su fecha, mediante su publicación en la página web de la Archidiócesis de Valencia.