L.B. 9-11-2016
Este domingo 13 de noviembre se celebra el Día de la Iglesia Diocesana. Con el lema ‘Somos una gran familia contigo’ se nos invita a colaborar con nuestra Iglesia. El arzobispo de Valencia, cardenal Antonio Cañizares, ha dirigido una carta a toda la archidiócesis en la que invita a todos los fieles cristianos a “ayudar a nuestra querida y entrañable diócesis de Valencia” porque “somos todos una gran familia”.
“Ayudadla colaborando en su obra evangelizadora y apostólica”, indica el Arzobispo. Y añade: “Sed generosos. Mantenedla en sus necesidades, que son las nuestras. No escatiméis en vuestra ayuda económica para que pueda atender adecuadamente las necesidades de su misión, sobre todo en su atención prioritaria a los pobres”.
¿Qué puedo hacer yo?
Y es que con nuestras parroquias y nuestra Iglesia diocesana podemos colaborar de múltiples formas: realizando alguna actividad -impartir catequesis, visitar a los mayores, acompañar a los enfermos-; rezando por ella; colaborando como voluntarios de Cáritas o de Manos Unidas, etc. y también con nuestra aportación económica.
Gracias el dinero que la Iglesia recibe cuando marcamos la X en las declaraciones de la Renta, las aportaciones de las misas y los donativos que los fieles, se puede celebrar la Eucaristía de cada domingo, administrar los sacramentos, celebrar las fiestas de piedad popular, mantener iglesias y ermitas -que, al igual que nuestras casas, tienen unos gastos mensuales de luz, agua, limpieza, y necesitan reparaciones y obras de conservación-, pagar el salario de sacerdotes y personas que trabajan en la labor pastoral; sostener los seminarios y otras instituciones…
Y también, gracias a nuestras aportaciones, la Iglesia puede llevar a cabo numerosas actividades en beneficio de todos, especialmente de los más desfavorecidos: catequesis, formación, caridad, promoción social y atención a las personas en situaciones de conflicto, etc.
Deduce en la declaración
Además, hay que tener en cuenta que los donativos hechos por las personas físicas o jurídicas pueden deducirse en la declaración de la renta o del impuesto de sociedades, respectivamente. Para el ejercicio de 2016, de los primeros 150 euros donados por personas físicas se podrá deducir el 75%, y el 30%, del resto. Para las personas jurídicas desgrava el 35%. Pero si los donativos son recurrentes, es decir, si en los dos años anteriores y de manera consecutiva se ha entregado a la misma entidad una cantidad igual o superior, la desgravación llega al 35% para las personas físicas y al 40% para las jurídicas.