Eduardo Martínez | 21-07-2017
El profesor, junto a una de las sedes de la universidad CEU Cardenal Herrera en Alfara del Patriarca. (Foto: Alberto Sáiz)En los últimos años en España, los pronunciamientos de ciertas entidades y representantes públicos contra la Iglesia por un supuesto trato de favor del Estado se han convertido en algo cotidiano. El patrimonio sacro, las exenciones fiscales de que goza o los acuerdos Iglesia-Estado han sido puestos en el punto de mira. PARAULA ha conversado sobre ello con uno de los máximos expertos en la materia, Remigio Beneyto, catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado en la Universidad CEU Cardenal Herrera de Valencia.
Su argumentación ante tales cuestiones es fundamentalmente jurídica. Observa que ese es el modo más correcto de proceder para un profesional del Derecho como él y que ello, además, permite salvar el rigor debido en un ámbito tan controvertido últimamente como éste. Eso no quita para que en muchos momentos se exprese apasionadamente, al incidir en la distancia que separa a la legislación vigente de las reivindicaciones de quienes quieren abolirla. Tal vehemencia encuentra su raíz en su propia fe católica, que le lleva a dolerse ante posturas que considera injustas hacia la Iglesia. Y hay tiempo en la conversación incluso para hablar de la Universidad (25 años cumple de profesor). Ahí el tono cambia: sin perder un ápice de brío, se torna entusiasmado. Pero la entrevista comienza por la parte más áspera y difícil…
– Hace unos días el secretario general de la Conferencia Episcopal Española advertía del peligro de que se cree en España un “clima de desamortización encubierta”, en referencia, entre otros asuntos, a la solicitud del PSOE en el Congreso de un listado de bienes inmatriculados de la Iglesia. Lo cierto es que cada vez son más frecuentes las acusaciones contra la Iglesia por presunto trato privilegiado de parte del Estado o las peticiones de expropiar determinados edificios religiosos. ¿Qué percepción tiene de ello?
– Creo que se producen dos fenómenos que actúan a la vez, generando ese clima al que hace referencia. Por un lado, hay mucho desconocimiento en torno al derecho canónico y al civil. Y en ocasiones, más que ignorancia, hay también una fijación y un resentimiento contra la Iglesia por parte de algunos. Pero la Iglesia está cumpliendo perfectamente con lo que marcan las leyes españolas en esta materia. Sobre las inmatriculaciones, por ejemplo, conviene recordar que la Ley Hipotecaria de 1946 establecía que estaban exceptuados de inscribir en el registro los templos de la Iglesia católica. Cuando en 1992 se firman los convenios con los judíos, los musulmanes y los evangélicos se les permite la inscripción en el registro de la propiedad. Eso implicaba una clara desigualdad con respecto a la Iglesia católica. De ahí que en 1998 el Gobierno permitió inscribir también los templos católicos. Esa medida no fue en contra de las leyes españolas sino todo lo contrario: incluso la Dirección General de Registros y Notariado en resolución de 2001 había dicho que aquella prohibición de inmatricular los templos de la Iglesia católica era inconstitucional. En 2015 se hace la reforma de la Ley Hipotecaria y ya no se permite a la Iglesia la posibilidad de inmatricular sus edificios por el art. 206 LH. En conclusión, cuando hay un asunto que atañe a la Iglesia, el poder político se suele poner nervioso y se mueve por bandazos.
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