Antonio Cañizares Llovera. Cardenal arzobispo de Valencia
Casimiro López Llorente. Obispo de Segorbe-Castellón
Jesús Murgui Soriano. Obispo de Orihuela-Alicante
Estimado Sr. Secretario Autonómico de Educación:
Respondemos públicamente, el Arzobispo de Valencia y los Obispos de Orihuela-Alicante y Segorbe-Castelló, a sus declaraciones públicas de la pasada semana sobre la Ley de reforma educativa. Con asombro, escuchamos el viernes sus declaraciones, Sr. Secretario autonómico de Educación de la Generalitat Valenciana, apreciado D. Miguel Soler. De tal calibre fueron estas declaraciones que no podemos dejar de responder sin salir en defensa de la verdad y las exigencias y derechos de los ciudadanos, que son diocesanos, de esta Iglesia de la que somos y nos sentimos responsables como Obispos.
Usted, Sr. Secretario Autonómico, así debe ser, está en su obligación defender a su Gobierno y las leyes que éste promueva, como la llamada “Ley Celaá” de educación. Pero, por favor, que sea con justicia y verdad, sin falsear y manipular datos y sin ofender muy seria y gravemente a los ciudadanos. Lo que dice, en concreto, sobre la enseñanza religiosa ofende a los chicos y no es de recibo, porque ofende a los profesores de Religión Católica, a los padres de los alumnos, a la asignatura de Religión, a la religión misma y a la misma Iglesia Católica y las confesiones religiosas. Produce indignación ver cómo se puede mentir, constatar y lamentar cómo ha desacreditado, y calumniado a los profesores de religión, y desvalorizado su gran labor en favor de la sociedad y cómo se ha mentido respecto a ellos; no digamos nada de cómo tilda, en el fondo, de presuntos, digamos, “egoistas” a los alumnos que eligen libremente la enseñanza de la Religión en bachillerato. Es intolerable el desprecio que muestra a esta enseñanza de la Religión. Le quita toda la importancia que tiene en la educación de la persona y para el bien común, también para la universidad y su quehacer universitario. ¿Por qué decimos todo esto? Porque Usted, entre otras cosas, asegura que tal asignatura confesional seguirá siendo de oferta obligatoria y elección voluntaria -esto es verdad- , y “cambiará su calificación, dejando de calificar para obtener becas o en la media de acceso a la universidad” –cabría matizar su afirmación porque no es exactamente así, y hay, además, un prejuicio de fondo ideológico que habría que desvelar, como hace en seguida-; Usted añade, además, que “el respeto al derecho de unas familias a elegir Religión no tiene que implicar que las que no quieran deban cursar una asignatura que nadie ha pedido”.
En cuanto a su valor académico, dijo Usted que “muchísimos alumnos que no la han cursado en Primaria ni en Secundaria la cursan en Bachillerato”, -¿cuántos son “muchísimos”?- algo que usted vinculó con su elevada nota media, que en la Comunitat fue de un 8’75 en el curso 2018-2019 – ¿de dónde saca este dato?-. Usted mismo aseguró que el tratamiento de la Lomce está provocando “que el porcentaje de alumnos que optan de manera libre por cursarla es muy superior –¿aporta datos?- a los que siendo de Bachillerato Científico cursan Biología o Química, o son de Humanidades y optan por otras materias básicas – ¿qué es lo ‘básico’ para ser persona como demanda la educación?- como Literatura o las Tecnologías de la Comunicación y la Información. “Los alumnos -añadió además-, lo tienen claro. Si les va a subir la nota, muchos de ellos sacan un nueve o un diez, y parece ser que no se requieren muchos esfuerzos para sacar un sobresaliente –¿está Usted en condiciones objetivas de verdad para juzgar esfuerzos y calificaciones, o se trata sólo de apreciaciones subjetivas o que ha oído o las da por supuestas?-, pues optan por Religión y dejan de cursar otra materias que son fundamentales para sus posteriores estudios universitarios –¿qué concepto tiene usted de la universidad, de la persona humana y del bien común y social, a cuyo servicio está la universidad?-. Y continuó Usted: “Está generando que suba la nota media, y tienen más posibilidades de cursar aquellos estudios que quieren hacer en la universidad”, y aseguró que sabe que “en la asignatura de Religión no se requiere mucho esfuerzo para obtener la nota de sobresaliente”; y añadió, “los cambios (en la ley) son para intentar evitar esta situación, en la que realmente se está utilizando la Religión para poder subir la nota de Bachillerato y de esa manera tener ventaja sobre otros alumnos que no la cursan” (esto es una difamación suya y una acusación grave pública sin base alguna que tendría que justificar usted) .
Nos sorprende que las afirmaciones de Usted, que actualmente ostenta el cargo de Secretario Autonómico de Educación, puedan provenir de quien debe velar por la educación, por el desarrollo integral de la persona y del bien común y social. La mentira, el falseamiento o manejo de datos, la manipulación, no son buenos consejeros para velar y promover la verdad de la educación, sobre todo, en una situación de emergencia educativa como la que estamos; sus afirmaciones no generan concordia que tanto necesitamos, dividen y enfrentan, se salen del espíritu constitucional, tienen una clara y palmaria carga ideológica y un populismo que descubre otros fondos.
Vamos a explicitar algunas razones en la que se apoyan nuestras afirmaciones comenzando con la formulación de algunas preguntas.
Primera: ¿Por qué, Sr. Secretario Autonómico de Educación, ha elaborado el video en defensa de la Ley Celaá en lugar de mantener un contacto los padres, con las instituciones que representan la enseñanza concertada, los profesores de religión, las distintas confesiones religiosas con las que hay acuerdos, las patronales y los sindicatos?. ¿Dónde está la capacidad de diálogo de la que siempre pretenden hacer gala? ¿Ahora se ha convertido el diálogo en monólogo? ¿Sin este diálogo al que se ha negado el Gobierno puede nacer viva una ley de educación en tiempos de democracia?
Segunda: ¿Por qué mantiene en su exposición un tono descalificador? Los ciudadanos defienden sus derechos fundamentales.
Tercera: ¿Por qué en toda su exposición juzga la actuación de los ciudadanos, llegando incluso al insulto fácil? ¿Por qué dice que los ciudadanos que defienden sus derechos lanzan falsedades e informaciones incorrectas? ¿Por qué se atribuye la capacidad de saber a ciencia cierta que los alumnos que escogen la asignatura de Religión en Bachillerato es para subir y asegurarse el poder elegir la carrera elegida? ¿Por qué se atribuye la capacidad de saber a ciencia cierta que en la asignatura de religión no se requiere esfuerzo para obtener la nota de sobresaliente?¿Por qué es capaz de afirmar con total ligereza que los centros concertados eligen a sus alumnos teniendo en cuenta las condiciones, sociales y culturales, cuando sabe que eso es imposible en la actualidad al estar sometidos a las normas de admisión establecidos precisamente por la Consellería de Educación?¿Por qué es capaz de justificar la demanda social con la oferta de suelo público cuando sabe que no es ese el problema? ¿No es esto populismo y siembra de confusión en la opinión pública?
Cuarta: Hacemos ahora una pregunta de fondo, ¿sería igual nuestra sociedad en la que vivimos sin la aportación a ella de los colegios libres de iniciativa social confesionales católicos, llamados ahora ‘concertados’, sería lo mismo la pedagogía educativa con sus desarrollos e innovaciones históricas, sin la aportación de estos colegios? Y por razones parecidas, ¿sería igual la sociedad sin las clases de religión que han recibido muchos de sus ciudadanos? ¿Tendríamos la misma Universidad? Nos atrevemos a formular una última pregunta, ¿daría lo mismo un mundo, una sociedad, sin el conocimiento de Dios y de Jesucristo? ¿Daría lo mismo para que los hombres tuviesen un sentido último de la vida, fuesen libres con la libertad de la verdad que libera y se realiza en el amor?¿Cabría pensar, sin Dios, o sin Jesucristo, en un mundo de hermanos, solidarios, de perdón, de reconciliación, concordia y paz? Sin Dios y sin Jesucristo, ¿cabría imaginar un mundo de esperanza, con futuro para todos, un mundo de amor y caridad para con todos, sin exclusión de nadie, sin corrupción y sin falseamiento de la verdad? Pues eso, precisamente, son lo que hacen e intentan ofrecer los colegios de la Iglesia, los colegios libres de iniciativa social confesionales ‘concertados’; y eso es también lo que ofrece, da y hace la asignatura de Religión. ¿Por qué tantas reticencias, discriminaciones, dificultades, obstáculos y ‘pruebas’ que, a veces, se pone a la asignatura, a la clase, a los profesores de Religión? Estos obstáculos son reales y no quimeras, y todos lo sabemos.
Quinta: Una defensa tan exacerbada como la que hizo el Sr. Secretario Autonómico de la ley Celaá, ¿podría aventurar ya, acaso, cuál será el desarrollo en la misma Comunidad Valenciana, lo cual añadiría mayor peligro, si cabe, a la propia Ley? Creemos, con total sinceridad, que esto no ocurrirá. Confíamos plenamente en que podremos entendernos y alcanzar llegar a un pacto educativo en el que se respeten las libertades y derechos, las exigencias de la educación que hemos de salvaguardar y exigirnos su cumplimiento para evitar una “guerra” escolar que sería una contradicción con y para la escuela misma.
Dicho lo afirmado hasta ahora, permítanos Sr. Soler, con todo el respeto y franqueza que merece Usted, que Ustedes lo tienen fácil: Respecto a la ASIGNATURA DE RELIGIÓN, limítense a cumplir la Ley. Mientras estén vigentes, deben cumplir el Acuerdo entre la Santa Sede y el Estado Español de 3 de enero de 1979, aprobado por el Congreso y Senado, ratificado el 4 de diciembre de 1979, y publicado en el Boletín Oficial del Estado número 300 de 15 de diciembre de 1979. Allí claramente se establece que la enseñanza de la Religión y Moral católica en la escuela se incluirá en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales. Luego es una disciplina fundamental y esas condiciones han de ser equiparables. No menosprecie la enseñanza de la Religión frente a lo que llama otras enseñanzas básicas y fundamentales para el futuro universitario. Pero, además, en el mismo Acuerdo se establece que han de ser las mismas autoridades académicas las que adopten las medidas oportunas para que el hecho de recibir o no la enseñanza religiosa no suponga discriminación alguna en la actividad escolar (ni privilegio ni tampoco perjuicio). Por tanto debe haber una alternativa a la enseñanza de la religión en la escuela, en horario escolar, no al inicio o al final de la jornada, ni por supuesto, fuera del horario escolar, puesto que estamos en la enseñanza religiosa escolar. No puede olvidarse que es un Tratado Internacional según reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo y que lo establecido en ese Acuerdo sólo podrá ser derogado, modificado o suspendido de conformidad con lo dispuesto en ese Tratado o con las normas del Derecho Internacional, no por una ley unilateral del Estado, ya que esto queda vedado en los art. 26 y 27 del Convenio de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
Pero no debe sorprendernos, porque los respectivos artículos 10 de las Leyes 24, 25, y 26 de 10 de noviembre de 1992, por la que se aprueban los acuerdos o convenios de cooperación con las confesiones religiosas establecen esa misma regulación con la FEREDE (evangélicos), FCI (judíos) y CIE (musulmanes).
Sr. Soler, Ustedes lo tienen fácil: respecto a la ENSEÑANZA CONCERTADA y la DEMANDA SOCIAL cumplan la Constitución. Léase los debates constituyentes, las intervenciones de los diversos grupos, y sobre todo revise toda la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que es abundante, incluso hasta en sentencias recientes, y conocerá qué hay detrás del art. 27. 3, el art. 27. 5, el 27. 6, el 27. 9 y, especialmente, el 27. 2 de la Constitución Española.
El tipo de libertad de enseñanza, libertad de educar a los hijos conforme a las convicciones religiosas y morales (libertad de elección de centro), la libertad de creación de centros docentes y la ayuda de los poderes públicos a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establece, es lo que asegura esta libertad de enseñanza reconocida en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en los tratados Internacionales sobre educación. Usted sabe, Sr. Soler, porque se le ha recordado y se le recuerda constantemente en las sentencias del Tribunal Superior de Justicia, en las del Tribunal Supremo y en las del Tribunal Constitucional. No hace falta insistir en ello, desde las SSTC 5/1981, de 13 de febrero y la 77/1985, de 27 de junio, la jurisprudencia está consolidada.
NO hable de ESCOLARIZACIÓN EQUILIBRADA, ni de guetos. Eso no existe en la enseñanza concertada, y si existe en algún centro, y Usted lo puede probar, aplique la ley y le sancione, por incumplimiento del concierto educativo. Pero no esparza acusaciones generales cuando son falsas. Los centros concertados quedan sujetos, de manera implacable, a la normativa que sale de la propia Conselleria. Ningún centro ni directa ni indirectamente selecciona a su alumnado, porque es materialmente imposible. Es más, en todos los colegios diocesanos, el compromiso por los más desfavorecidos es incuestionable –algunos de ellos son ejemplo vivo para todos los colegios, por supuesto, también los estatales- y no podemos permitir la más mínima sombra al respecto, sería una injuria.
Por supuesto que atender a la demanda social, es incuestionable. Los responsables de la educación de los hijos son sus padres, no el Estado ni la Consellería. Por tanto, son los padres los que deben elegir centro, y para elegir centro, debe haber oferta, y para que haya posibilidad de elegir deben promoverse las condiciones para que esa libertad de enseñanza sea real y efectiva, y a ello contribuye lo dispuesto en el artículo 27.9 de la Constitución, que el mismo Tribunal Constitucional se ha encargado de decir que no es una declaración meramente retórica de intenciones, sino un compromiso de los poderes públicos. En caso contrario, la libertad de elegir queda debilitada para aquellas familias que no tienen suficiente poder adquisitivo, porque quien tenga suficiente poder adquisitivo llevará a sus hijos donde le dé la gana. Pero quien no lo tenga, tendrá que llevarlos forzosamente a la escuela de iniciativa de la Administración, quiera o no.
Sr. Soler, Ustedes lo tienen fácil: Respecto a los centros de EDUCACIÓN ESPECIAL, simplemente escuchen a las familias implicadas, escuchen a los padres que tienen a sus hijos en esta situación y háganles caso.
Sr. Soler, Ustedes lo tienen fácil: Respecto a la PROGRAMACIÓN GENERAL DE LA ENSEÑANZA, ajústense a lo establecido en la Constitución, en el artículo 27.5, donde se establece que los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza. Pero donde también se dice claramente que esa programación no se hace únicamente por la Administración, puesto que entonces se está limitando la propia libertad de enseñanza, se hace un monopolio educativo, lo cual es tremendamente peligroso. Esa programación general de la enseñanza debe hacerse, según el artículo 27.5 CE, con participación efectiva de todos los sectores afectados y teniendo en cuenta la libertad de creación de centros docentes, del artículo 27. 6 CE
Ustedes lo tienen fácil: Respecto a la LENGUA VEHICULAR DE LA ENSEÑANZA, ajústense al artículo 3 de la Constitución, donde dice que el castellano es la lengua oficial del Estado, donde se dispone que todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla, y donde se dice que las demás lenguas serán también oficiales en las Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos. El castellano es lengua oficial y, por tanto, ha de ser obligatoriamente lengua vehicular en la enseñanza, se quiera o no. Usted sabe que hay jurisprudencia del Tribunal Constitucional en este sentido.
EN CONCLUSION, Sr. Secretario Autonómico de Educación, apreciado y estimado D. Miguel Soler, Usted hubiera debido advertir, si no lo ha hecho, a los legisladores estatales, de la necesidad de escuchar para la elaboración de esta ley, de escuchar a toda la comunidad educativa, a todos los sectores afectados. Hubiera debido advertirles que la prisa en esta ley es mala compañía, porque una vez más demuestra la inmadurez de la propia ley. Por último, ¿qué responden a que junto a la prisa se haya tramitado y aprobado esta ley tan trascendental para la libertad en el tiempo de la pandemia, en la que, entre otras cosas, sin duda, algunas de las libertades fundamentales se ven limitadas?¿Pura casualidad y coincidencia, o algo más: intención, cálculo y estrategia, manera de ser y actuar autoritario?¿Por qué tanto miedo a la libertad? ¿Cuándo entenderán que la educación, la educación integral de la persona ha de contribuir a hacer hombres conscientes, libres, críticos y creadores, abiertos a la trascendencia, a Dios, a la razón, de la que se ve a sí misma inseparable de la fe, como han señalado muchos tan sabiamente, y cargados de razón y gran talla de pensamiento, como por ejemplo, los Papas San Juan Pablo II y Benedicto XVI?¿Les vamos a negar a estos grandes pensadores su defensa que hacen del hombre al reconocer proclamar esta verdad que ha puesto al hombre en dinamismo creador en la historia del hombre?
Por todo lo dicho, amable y respetuosamente, con toda amistad, rogamos que repiense sus palabras poco afortunadas del ya “célebre” video difundido la semana pasada con sus declaraciones sobre la ley de enseñanza del Gobierno. Colaboremos todos a hacer una ley diferente a esta, mejor y justa, como debe de ser toda ley, que nos haga desarrollar entre todos –no unos contra otros- una educación integral para el bien de las personas y el bien común y abrir caminos de futuro y de esperanza. Y, para finalizar, ¿se pueden imponer desde el Estado contenidos en la enseñanza, obligatorios, que no respetan la libertad religiosa y de conciencia de todos?
Sin otro particular reciba un cordial saludo, con la disposición sincera a colaborar, de verdad.