La Ley de la Eutanasia ya ha entrado en vigor y ha dejado fuera de las comisiones de garantía a los profesionales sanitarios objetores de conciencia. Por otra parte, el Arzobispado de Valencia ofrece ya el modelo del ‘Documento de Voluntades Anticipadas’, también llamado “testamento vital”, para que los ciudadanos, y no solamente los católicos, puedan plantear cómo quieren que sean sus últimos días en términos sanitarios.

B.N.| 01.07.2021
Hace tan solo una semana, el pleno del Consell de la Generalitat Valenciana aprobó el decreto de creación de la comisión de garantía y evaluación del derecho a la prestación de ayuda para morir, prevista en la Ley de Regulación de la Eutanasia que desde este 25 de junio ya está en vigor. La petición, tal y como establece el decreto se podrá hacer en centros sanitarios públicos, privados, residencias o en el domicilio del paciente.

Organizados en grupos de trabajo, liderados y coordinados desde la Conselleria de Sanitat, varios equipos formados por profesionales de Medicina, Enfermería, Farmacia, Sociología, Filosofía, Bioética, Derecho y Trabajo Social han trabajado para implantar la Ley Orgánica de la Regulación de la Eutanasia en el ámbito valenciano.

Sin embargo, tal y como lamenta el delegado episcopal de la Pastoral de Enfermos y Mayores, Luis Sánchez existe una “falta de neutralidad” en esta comisión en la que por decreto de la Generalitat Valenciana quedan excluidos aquellos médicos o profesionales sanitarios objetores de conciencia.

“Es notable que el Decreto de la Generalitat Valenciana, en su artículo 4 que regula esta Comisión, haya excluido expresamente de la misma a los profesionales sanitarios, tanto titulares como suplentes, que hayan planteado la objeción de conciencia a realizar la ayuda para morir, contemplada en la Ley”, según Luis Sánchez que lamenta igualmente la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia, “una ley que pone punto final a muchas vidas”.

Tal y como explica, “la Ley orgánica sí permite que los componentes de las Comisiones de Garantía y Evaluación de la eutanasia puedan haber objetado de acuerdo con la ley, sin embargo la Comunitat Valenciana no lo permite”. Así, “ciertamente, con ello, el personal sanitario que haya objetado o que pretendan objetar contra la prestación de ayuda para morir, se ven imposibilitados a poder participar en esta comisión”.

“Esto es un avance más en la línea de la eutanasia” y “excluir de la comisión a los objetores de conciencia no es un acto de neutralidad sino que induce a un sesgo a una línea muy clara y concreta”. Por lo tanto, de hecho, “Valencia se adelanta, va más allá en la aplicación de la eutanasia que la misma Ley orgánica”, afirma.

Asistencia sanitaria
Las principales órdenes religiosas que regentan unos 75 centros sanitarios en España–como la Orden de Religiosos Camilos en España, la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, Hospitales Católicos de Madrid, la Federación Nacional Lares y la Conferencia Española de Religiosos (Confer)– se han mostrado en contra de esta ley.

Estas cinco instituciones religiosas han presentado un manifiesto contra la ley de Eutanasia. En el documento han apostado por una sedación paliativa “correctamente indicada, cuando no son efectivas otras medidas”, y administrada previo consentimiento del paciente.

De ese modo, sostienen, se “respeta y humaniza” el proceso del final de la vida “mitigando el sufrimiento intenso e incoercible”.

En ninguno de los hospitales sujetos al criterio de las ordenes religiosas se atenderá, a tenor del manifiesto, el derecho a una muerte asistida a petición de un paciente.